UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA

LEGALIDAD
Los procedimientos deben ceñirse a la normativa jurídica vigente, respetando la jerarquía correspondiente.

CELERIDAD
Los procedimientos deberán realizarse de tal modo que se dote al trámite de la máxima dinámica posible, evitando actuaciones que dificulten su desenvolvimiento o constituyan meros formalismos, a fin de alcanzar una decisión en tiempo razonable, cumpliendo con el debido procedimiento.

SIMPLICIDAD Y CONCENTRACIÓN
Los procedimientos deberán dotarse de sencillez, buscando evitar su complicación por cualquier aspecto riguroso de la secuencia procedimental; desarrollándose en el menor número de actuaciones posibles.

TRANSPARENCIA Y PUBLICIDAD
Los actos y procedimientos serán públicos, salvo los casos establecidos en la Ley.

EFICACIA Y BUENA FE
Tiene como finalidad que los procedimientos logren su finalidad, actuando de buena fe, evitando decisiones inhibitorias, dilaciones o retardos innecesarios.
Director General:
Licenciado Alfredo Danilo Rivera
Subdirector Técnico Administrativo:
Licenciada Thelma Lucrecia Liuti Vargas
Teléfono: 2411-2411 ext. 3007
Encargada de la Unidad de Información Pública:
Liceth Ramos
WhatsApp UIP: 4214-9971
Correo Electrónico: [email protected]
Página Web: https://servicios.igm.gob.gt/uip/

Las funciones de la Unidad de Información Pública, además de las obligaciones establecidas en el artículo 20 del Decreto 57-2008 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Acceso a la Información Pública y las funciones establecidas en el manual de funciones del Instituto Guatemalteco de Migración, la Unidad de Información Pública tendrá las funciones siguientes:

1. Planificar, organizar, dirigir y controlar las acciones que promuevan la excelencia y calidad en el servicio de acceso a la información pública en el Instituto Guatemalteco de Migración.

2.Recabar la información pública en poder del Instituto Guatemalteco de Migración que le sea requerida, de conformidad con la ley y los procedimientos internos establecidos.

3. Promover y coordinar con las dependencias del Instituto la actualización permanente de la información, en el ámbito de su competencia.

4. Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información pública, sus resultados y costos de reproducción para los interesados.

5. Facilitar la impresión y reproducción de la información pública, cuyo costo debe ser asumido por el solicitante.

6. Preparar y presentar los informes a la Procuraduría de los Derechos Humanos de conformidad con la ley.

7. Realizar las gestiones para la correcta aplicación de la Política de Datos Abiertos.

8. Analizar los requerimientos de información pública para determinar que no se transgreda el ordenamiento jurídico.

9. Emitir, firmar y sellar las resoluciones que correspondan conforme los requerimientos de acceso a la información pública.

10. Coordinar, organizar, administrar, custodiar y dirigir la sistematización de los archivos de la Unidad.

11. Velar porque se respeten los plazos legales en materia de acceso a la información pública.

12. Recabar la información pública del Instituto, cuando se reciban solicitudes de información que no se encuentre en el Portal Electrónico y promover ante las dependencias que la misma se actualice en el plazo de ley.

13. Elaborar los informes que por mandato legal deba realizar y remitir los mismos a donde corresponda.

14. Elaborar y gestionar la aprobación del plan de trabajo anual de la Oficina.

15. Desarrollar otras funciones y actividades que se relacionen con el puesto y que le requiera la autoridad superior.